Antes de aceptar un presupuesto, la comunidad debe decidir quién utilizará la energía, qué suministros participarán, qué potencia se instalará y cómo se repartirá la producción. También conviene asignar responsables para el CAU, la documentación técnica, el Registro de Autoconsumo de Cataluña y las gestiones posteriores con la distribuidora y las comercializadoras.
Una instalación terminada no está necesariamente legalizada, y una instalación inscrita en el RAC no tiene por qué aparecer ya en las facturas. El proceso combina decisiones comunitarias, permiso o comunicación municipal, legalización eléctrica ante la Generalitat y asociación comercial de los consumidores. El orden exacto puede variar según la modalidad, el municipio y la distribuidora.
Cuándo el autoconsumo es colectivo y qué debe comprobarse antes
Existe autoconsumo colectivo cuando varios consumidores se alimentan de una instalación de generación próxima y asociada. Si los paneles de la cubierta abastecen únicamente el ascensor, la iluminación u otros servicios comunes vinculados a un solo CUPS, se considera autoconsumo individual. También lo será si solo alimentan una vivienda o un local, aunque la instalación ocupe una cubierta comunitaria. Para que sea colectivo deben asociarse varios suministros, como viviendas, locales o servicios comunes. [3]
Antes de aprobar la actuación hay que estudiar el espacio disponible, las sombras, la orientación y el estado de la cubierta. También debe comprobarse si el edificio tiene protección patrimonial o restricciones urbanísticas, si la estructura admite la solución prevista y si existen otras instalaciones afectadas. La comunidad debería analizar los consumos horarios de los posibles participantes, la potencia planteada, la modalidad con o sin excedentes y la posibilidad de compensarlos.
La propuesta debe concretar quién será titular de la instalación, qué CUPS se asociarán, quién asumirá el mantenimiento y cómo se gestionarán las incorporaciones, bajas o cambios de titular. En los autoconsumos colectivos resulta obligatorio un contador que mida la producción, mientras que los contadores individuales continúan registrando el consumo de cada suministro. Para instalaciones fotovoltaicas de hasta 100 kW puede utilizarse la compensación simplificada si se cumplen los demás requisitos; esta compensación no puede hacer negativo el término de energía compensado. [3]
- Revisar cubierta, estructura, sombras y restricciones urbanísticas.
- Recopilar curvas o datos horarios de consumo cuando estén disponibles.
- Identificar los CUPS y titulares que desean participar.
- Definir potencia, modalidad, excedentes y mantenimiento.
- Prever cómo se tramitarán futuras altas, bajas y modificaciones.
Acuerdo comunitario, participantes y coeficientes de reparto
El acuerdo comunitario y el acuerdo de reparto son documentos diferentes. El primero autoriza la actuación sobre la cubierta o el elemento común y establece sus condiciones internas. En Cataluña, el ICAEN señala que los sistemas renovables instalados en elementos comunes sin uso exclusivo pueden aprobarse por mayoría simple de los propietarios participantes en la votación, siempre que representen también la mayoría simple de las cuotas presentes y representadas. La situación concreta debe revisarse con el administrador o asesor de la comunidad. [3]
El acuerdo de reparto identifica a los consumidores asociados y asigna a cada uno un coeficiente beta. Debe estar firmado por todos los participantes, y la suma de los coeficientes ha de ser igual a uno en cada hora del periodo de facturación. Pueden emplearse valores constantes o coeficientes variables por horas; en este último caso debe remitirse un fichero de texto ajustado a las especificaciones del Real Decreto 244/2019. [5]
El reparto puede valorar la aportación económica, el consumo previsto, los patrones horarios o el porcentaje pactado, pero no existe una fórmula única adecuada para todos los edificios. Conviene simular varias alternativas antes de firmar y documentar cómo se modificarán los valores. Un cambio posterior de participantes o coeficientes puede exigir un nuevo acuerdo y nuevas comunicaciones a los agentes implicados.
- Acuerdo comunitario: autoriza el uso y las condiciones de la cubierta.
- Acuerdo de reparto: relaciona consumidores, CUPS y coeficientes beta.
- CAU: código único que identifica el autoconsumo y vincula generación y consumos.
- CUPS: identificador de cada punto de suministro participante.
- CIL: código de la instalación de producción a efectos de liquidación, cuando corresponda.
Memoria, proyecto y orden de los trámites
En el procedimiento catalán de autoconsumo con compensación, las instalaciones de hasta 10 kW requieren memoria técnica; si la potencia supera 10 kW, se exige un proyecto firmado por técnico competente. En los expedientes con proyecto se contempla también el certificado de dirección y final de obra. Pueden resultar necesarias otras comprobaciones o justificaciones por estructura, protección patrimonial, trabajos en altura u otras instalaciones afectadas. [2]
La secuencia habitual comienza definiendo participantes, potencia y modalidad, estudiando la cubierta y aprobando la actuación. Después se redacta la memoria o el proyecto, se gestiona el permiso o comunicación de obras y, si corresponde, el acceso y conexión. Las instalaciones con excedentes de hasta 15 kW ubicadas en suelo urbanizado están exentas del permiso de acceso y conexión; las de más de 15 y hasta 100 kW sí lo requieren en el procedimiento catalán citado. [2]
Tras obtener el CAU, se ejecuta y certifica la instalación. Antes de pedir la autorización de explotación y la inscripción en el RAC debe presentarse la declaración responsable de baja tensión. Una vez completado el expediente de generación se tramitan el acuerdo y el fichero de reparto, y se comprueba la activación en cada contrato. Esta secuencia es orientativa: debe contrastarse con las fichas vigentes de la Generalitat, el Ayuntamiento y la distribuidora. [2] [4]
- Definir consumidores, modalidad, potencia y reparto previsto.
- Aprobar la actuación y preparar la documentación técnica.
- Gestionar el trámite municipal y el acceso y conexión, si procede.
- Obtener el CAU, ejecutar, certificar y legalizar la baja tensión.
- Completar el RAC y comunicar el reparto para activar los contratos.
Documentos, CAU y registro RAC
El expediente debe mantener coherencia entre el titular, la potencia, el esquema eléctrico y los identificadores. Habitualmente conviene reunir el NIF del titular o de la comunidad, la acreditación de la representación, el certificado del acuerdo comunitario, los CUPS y datos de los titulares, la memoria o proyecto, el certificado eléctrico y, cuando corresponda, el certificado de dirección y final de obra.
El CAU identifica de manera única el autoconsumo y relaciona los puntos de generación y consumo asociados. Un autoconsumo colectivo dispone de un único CAU para todo el conjunto, no de uno por vecino. El RAC es el registro autonómico: cuando el procedimiento termina correctamente, la Generalitat realiza la inscripción y el número RAC figura en el documento acreditativo o en la resolución correspondiente. El CAU, el CUPS y el número RAC no son equivalentes. [4]
También deben conservarse la documentación municipal, los permisos de acceso y conexión cuando sean exigibles, el acuerdo de reparto firmado y su fichero de coeficientes. Cada participante puede tener que gestionar la adaptación contractual con su comercializadora, mientras la distribuidora aplica los datos de medida y reparto. Por ello, la inscripción en el RAC no sustituye la comunicación necesaria para que el autoconsumo se refleje en todos los contratos. [2] [5]
- Acta o certificado del acuerdo de la comunidad.
- Relación de participantes, titulares y CUPS.
- Memoria técnica o proyecto y certificados correspondientes.
- CAU y documentación de baja tensión.
- Acuerdo firmado y fichero de coeficientes de reparto dinámico, si se utiliza esta opción residencial compartida y horaria aplicada al colectivo completo siempre correctamente valid
Coste, plazo y comprobaciones si no aparece en las facturas
El trámite de la Generalitat para instalaciones con compensación de hasta 100 kW figura actualmente como gratuito. Esto no convierte en gratuitos el permiso municipal, la memoria o proyecto, el cálculo estructural, la ejecución, las inspecciones ni la gestión profesional. Las tasas y condiciones municipales varían, por lo que deben consultarse en el Ayuntamiento correspondiente antes de cerrar el presupuesto. [2]
La Generalitat publica para el procedimiento citado un plazo máximo de tres meses para comprobar los datos. Es un plazo administrativo máximo, no una garantía sobre la duración total del proyecto ni sobre la activación en las facturas. La tramitación municipal, la subsanación de documentos y las actuaciones de la distribuidora y las comercializadoras pueden seguir calendarios distintos. Costes, formularios y plazos deben verificarse en los organismos oficiales porque pueden cambiar. [2]
Si los paneles funcionan pero el descuento no aparece, hay que revisar la cadena completa. Debe confirmarse el certificado eléctrico, la declaración de baja tensión, la inscripción RAC y el CAU; después, comprobar que los CUPS y titulares coinciden con los contratos, que todos firmaron el mismo acuerdo y que los coeficientes suman uno. Finalmente, conviene acreditar que la distribuidora y cada comercializadora han recibido y procesado la documentación. [2] [4] [5]
- Comprobar potencia y titular en todos los documentos.
- Descargar el justificante de inscripción y localizar el número RAC.
- Verificar el CAU único y cada CUPS asociado.
- Revisar firmas, formato y suma de los coeficientes.
- Examinar individualmente los contratos y facturas de los participantes.
Preguntas frecuentes
¿Deben participar todos los propietarios del edificio?
No necesariamente. El autoconsumo es colectivo cuando se asocian varios consumidores, pero no exige que se incorporen todos los propietarios. La comunidad debe aprobar el uso del elemento común conforme al régimen aplicable y diferenciar entre quienes autorizan la actuación y quienes firman el acuerdo de reparto como consumidores asociados.
¿Puede incorporarse un vecino o cambiarse el reparto más adelante?
Sí puede plantearse, pero no basta con modificar una lista interna. Deben revisarse el acuerdo de reparto, los coeficientes y las comunicaciones a la distribuidora y las comercializadoras. También hay que comprobar si el cambio afecta a datos inscritos o a contratos. El procedimiento vigente debe confirmarse con los agentes implicados.
¿El número RAC es el mismo que el CAU?
No. El CAU identifica de forma única el autoconsumo y conecta la generación con los suministros asociados. El número RAC identifica la inscripción en el Registro de Autoconsumo de Cataluña. Cada punto de suministro conserva, además, su propio CUPS; el CIL es otro código distinto, aplicable a la instalación de producción cuando corresponda.
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